Con el objetivo de incrementar la entrada de fuentes de energías renovables, la CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha puesto en marcha un paquete de medidas que buscan la simplificación de los trámites administrativos relacionados con la contratación, facturación y reclamación del autoconsumo eléctrico en España. Ante la avalancha y los cuellos de botella relacionados con la gestión de la tramitación de nuevas instalaciones, la CNMC ha decidido tomar medidas que agilicen los trámites y no produzcan un retraso en la implementación y desarrollo de fuentes de energías limpias que permitan cumplir con los acuerdos firmados con la Unión Europea para reducir la huella de carbono. 

A través del  RD244/2019 por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica, estableció que, en un plazo no superior a tres meses desde su publicación, la CNMC debía adaptar los formatos y protocolos de comunicación vigentes relativos al autoconsumo eléctrico. Para llevar a cabo estas mejoras, la CNMC trabajó previamente con los agentes del sector implicados así como las autonomías y adaptó los formatos de comunicación. Estos cambios están consensuados con los comercializadores, distribuidores, administración pública y asociaciones de consumidores. 

La CNMC establece que existen dos vías para la contratación de autoconsumo en baja tensión:

La primera, se inicia a partir del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) presentado a la Comunidad o Ciudad Autónoma para ser diligenciado. A continuación, esta Administración remite la información al distribuidor, y éste al comercializador. Una vez que el consumidor está conforme con la información técnica, el comercializador solicita la contratación del autoconsumo al distribuidor, y éste comienza su proceso de medida y de facturación de peajes

La segunda, emplea los canales tradicionales de contratación entre comercializador y distribuidor. Se inicia con la solicitud de contratación del autoconsumo por parte del comercializador al distribuidor, acompañado del CIE diligenciado, para que éste comience el proceso de medida y de facturación de peajes. 

Asimismo, también se va a ver afectado el proceso de contratación de autoconsumos colectivos:  la resolución mejora el proceso técnico de los formatos y protocolos de comunicación ente distribuidores y comercializadores así como iniciar el proceso con pocos puntos de suministro.

Enlaces de interés

Guía para convertirse en autoconsumidor en 5 pasos

Guía profesional de tramitación del autoconsumo

Guía de orientaciones a los municipios para el fomento del autoconsumo