El Gobierno ha aprobado un nuevo plan de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de menos de 5.000 habitantes en el que va incluido el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR). Esta propuesta, ha sido solicitada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y el IDAE será el encargado de coordinarlo con las autonomías. 

Este programa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y contará con una dotación de 50 millones de euros que podrá ser ampliable si existe disponibilidad presupuestaria. 

El objetivo del programa PREE 5.000 es el de incentivar la sostenibilidad de la edificación mediante actuaciones como la renovación de los sistemas de calefacción o refrigeración que puedan contar con equipos obsoletos o basados en combustibles fósiles o la propia mejora en la eficiencia energética en la iluminación. 

El parque de edificios español consume actualmente el 30% de la energía final y debido a la antigüedad del parque y a la todavía escasez de instalaciones de energías renovables, este programa, tratará de revertir esta situación mejorando el aislamiento y la eficiencia energética de las viviendas y edificios públicos garantizando un ahorro económico y un menor impacto medio ambiental. 

Actuaciones subvencionables

Las actuaciones subvencionables son de tres tipos: la mejora de la envolvente térmica, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y la mejora de las instalaciones de iluminación.

Todas las construcciones que puedan recibir dichos fondos deberán ser anteriores al año 2007 y tendrán que ahorrar un 30% de la energía proveniente de fuentes no renovables, así como, mejorar su calificación energética en al menos una letra con respecto a la calificación inicial. Otro de los requisitos, es que estas ayudas irán destinadas a edificios completos que con los siguientes usos: viviendas unifamiliares, comunidades de vecinos o cualquier edificio para cualquier uso como: administrativo, sanitario, docente, cultural etc. 

Por tanto, no serán objeto de subvención aquellos propietarios de edificios de nueva construcción o una ampliación o los que conlleven un cambio en el uso de la construcción. 

Distribución territorial de los fondos

La concesión de ayudas establecidas por el Real Decreto, permite a las autonomías conceder estas ayudas a los destinatarios finales así como ejecutar directamente las actividades objeto de las ayudas con cargo a los créditos y previa reserva presupuestaria. Cada CCAA deberá aprobar y publicar una convocatoria de ayudas designando el órgano competente para instruir y resolver el procedimiento de concesión y establecer las reservas presupuestarias. 

Teniendo en cuenta que este programa está dirigido a los municipios de menos de 5.000 habitantes, las CCAA que más núcleos de población tengan en esa situación mayor será el plan de ayudas. El 12 de mayo se celebró una Conferencia Sectorial de Energía donde fueron informadas del criterio a seguir. 

A continuación, se detalla en la siguiente tabla el reparto autonómico del PREE: 

 

Comunidad Autónoma
Presupuesto
Andalucía

5.667.500€

Aragón

3.697.500€

Asturias

840.000€

Islas Baleares

532.500€

Canarias

917.500€

Cantabria

925.000€

Castilla y León

10.945.000€

Castilla-La Mancha

5.585.000€

Cataluña

5.782.500€

Comunidad Valenciana

3.182.500€

Extremadura

2.735.000€

Galicia

3.795.000€

Comunidad de Madrid

1.052.500€

Región de Murcia

157.500€

Navarra

1.707.500€

País Vasco

1.612.500€

La Rioja

865.000€

Total
50.000.000€

 

Destinatarios de las ayudas

El programa PREE contempla que las ayudas vayan dirigidas a los siguientes colectivos:

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  • Los propietarios que, de forma agrupada, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
  • Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición.
  • Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Las entidades locales y el sector público institucional de las administraciones públicas.
  • Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
  • Los ayuntamientos, las diputaciones provinciales o las entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, cabildos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, que podrán actuar en representación de comunidades de propietarios u otros propietarios de edificios

Además de la función medio ambiental del Programa de rehabilitación energética, cuenta con un compromiso social y es que prestará especial atención a aquellos edificios que estén destinados a la acogida de colectivos vulnerables y afectados por la pobreza energética.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas variarán en función de la actuación que se vaya a realizar en los edificios, estas son de un 50% para la tipología y mejora de la envolvente; un 40% para actuaciones en mejora de las instalaciones térmicas y un 20% para las mejoras en eficiencia energética en iluminación. 

Se podrá contar también con una ayuda adicional si existe una mejora en la calificación de la eficiencia energética del edificio.

Enlaces de interés

BOE-Disposición 13268